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  Preservar sus intereses y ser indemnizado

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Vertidos en el marPreservar sus intereses y ser indemnizado

La preservación de los intereses de las víctimas y su indemnización justa constituyen un elemento particularmente sensible en una marea negra.


Las medidas preventivas iniciales


En una marea negra, preservar los intereses de las víctimas y obtener una indemnización justa constituyen una fase especialmente sensible. Para evitar sorpresas desagradables pueden tomarse ciertas precauciones básicas. Estas se aplican tanto al gestor municipal, como al responsable de empresa, al trabajador o al propietario del bien afectado.

Nuestra recomendación inicial en este ámbito, es la de conservar fotografías recientes previas a la contaminación: de su bien, de su explotación o de su zona municipal. La segunda es la de añadir el atestado de confirmación de la contaminación en el caso de realizarla (no es indispensable, pero puede servir). La tercera es la de preparar un conjunto de fotos de las operaciones de limpieza y/o de los efectos de la contaminación. Finalmente, en el caso poco probable, pero no imposible, de que posteriormente le sea exigida una prueba de que el contaminante en cuestión procede del Prestige, conserve una muestra en un recipiente cerrado, sin encargar su análisis.


Su demanda de indemnización

A lo largo de su implicación en la lucha contra la contaminación, o durante el período en el que los efectos de esta contaminación afecten a su actividad, debe guardar cuidadosamente un listado de los gastos específicos o de la pérdida de ingresos. Después deberá elegir como y cuando realizar su reclamación: amistosamente o no, por partes o de forma global. Hay una gran cantidad de informaciones contradictorias en este tema y la decisión puede resultar dificil. El Cedre lleva elaborando, desde hace varios años, una selección propia perfectamente adecuada a sus necesidades.

Esta selección se basa en dos argumentos que raramente fallan:
- una indemnización amistosa, siempre que sea posible, cuesta menos que un juicio tanto en tiempo como en dinero. Unicamente en el caso de que los intentos amistosos fracasen nos orientaremos hacia un juicio
- una indemnización amistosa (o un adelanto sobre la indemnización) procedente de una fuente nacional, cuando ésta sea posible, exige menos justificantes y menos explicaciones que una fuente internacional.

Las consecuencias prácticas de estas observaciones son evidentes. Nuestra prioridad principal es la de recabar el máximo de indemnizaciones y de adelantos procedentes de fuentes nacionales. Tras esto, para todo aquello que no pueda financiarse a través de fuentes nacionales, presentaremos un informe a la aseguradora del navío y al FIDAC, a través del despacho unitario de reclamaciones. Al mismo tiempo hay que controlar el desarrollo de los procedimientos judiciales iniciales, reservándonos la posibilidad de acceder a éstos en el momento adecuado. Hasta este día no hemos recurrido a esta última medida: no creemos que la información complementaria de compensación justifique los gastos suscitados.


Las indemnizaciones y las ayudas nacionales y locales

El Estado francés, a través del fondo Polmar, gestionado por el ministerio de Ecología y del Desarrollo Sostenible, indemnizará a las colectividades locales y a las asociaciones los gastos de carácter excepcional realizados a raíz de la contaminación, siempre que estos gastos se lleven a cabo en el marco de los convenios con las prefecturas. El proceso es simple (envío del listado de los gastos acompañado de las facturas pagadas). Los reglamentos son redactados por las tesorerías de cada provincia. Los PC Polmar de las prefecturas proporcionan todos los datos útiles. Precaución: los gastos deben ser excepcionales y directamente relacionados con la lucha contra la contaminación. Por ejemplo, no podrá pedir una indemnización por el personal fijo que haya empleado en esa lucha (salvo para las horas extra) pero los gastos razonables de las prestaciones realizadas por una empresa de servicios contratada para esta lucha si podrán ser reembolsados.







Los pescadores, los profesionales de la acuicultura y de las salinas pueden acceder a los adelantos sobre las indemnizaciones a través de las Autonomías. Las organizaciones profesionales podrán precisarle los procedimientos susceptibles de ayudar a los demandantes. La indemnización está ligada directamente a las prohibiciones de pesca o de comercialización resueltas por las administraciones tutelares. Al igual que para las colectividades locales y las asociaciones, los gastos deben ser excepcionales y estar directamente ligados a la lucha contra la contaminación, incluyendo la protección de las explotaciones.

Para los operadores de turismo afectados por la contaminación del Erika, ciertos adelantos fueron puestos a disposición de la BDPME. Su organización profesional podrá precisarle los procedimientos una vez que estén establecidos para el Prestige.

Los consejos regionales y generales han votado unos procedimientos locales complementarios, para que sean utilizados por parte de ciertas víctimas y para los estudios de impacto. Para ello comuníquese con sus centros de información.


Presentar una reclamación al FIDAC

El despacho para realizar las reclamaciones de indemnización, abierto en A Coruña, le precisará que no reclama al "FIDAC" únicamente, sino al " armador y al FIDAC" conjuntamente. La indemnización por el FIDAC cubre :
- los gastos de lucha contra la contaminación, incluyendo el salvamento de aves, siempre y cuando sea proporcional a la situación;
- los daños económicos sufridos, en el límite de las pérdidas de beneficios (volumen de ventas perdido menos los gastos ahorrados) y no del volumen de ventas;
- los gastos justificados, razonables y debidamente realizados para la restauración del medio ambiente.

Una guía de reclamaciones establece los límites del procedimiento. Verá que la palabra "razonable" aparece repetidamente. Todo depende de su interpretación por parte del comité ejecutivo del FIDAC y de la capacidad del demandante de demostrar la relación entre las pérdidas y los gastos contraídos por la contaminación. Lea las instrucciones con atención y rellene de forma exacta y rigurosa la información requerida. No malgaste tiempo y esfuerzo en reclamar cantidades que exceden lo establecido por los formularios y la guía: únicamente el comité ejecutivo y la asamblea del FIDAC pueden interpretar las reglas.

En el caso del Erika, existían 8 formularios diferentes, cada uno correspondiente a una categoría, en función de la demanda: Daños a los bienes, Limpieza, Acuicultura, Cultivo de moluscos, Marisqueo, Barcos pesqueros, Turismo, Transformación del pescado, Empleos diversos. Los formularios Prestige deberían parecerse a los del Erika.


Emprender un pleito

¿Cuál? ¿Ante qué jurisdicción? ¿Qué objetivos? ¿Para conseguir más que a través de la vía amistosa o para hacer progresar la jurisprudencia? Ante estas preguntas, que a menudo se repiten en las reuniones, nuestra recomendación es sencilla. En el caso de que no le satisfagan sus proposiciones amistosas de indemnización, dispone de un lapso de tiempo de tres años a partir del 13 de noviembre del 2002 para demandar al armador y al FIDAC ante la jurisdicción que usted elija. No hay que precipitarse, salvo en el caso de querer que la jurisprudencia avance. Nuestra responsabilidad de documentación de las contaminaciones accidentales es la de avisarle que será un camino largo, costoso y aleatorio. Considerando los procedimientos ya en curso, lo más interesante sea quizá esperar antes de decidir la posible adhesión al que se revele mas adecuado con el tiempo.




Puesto al día el : 06/03/03
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